Por Aldo Battisacco – Enviado especial a Buenos Aires 

La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia ordenó este jueves determinar la eventual responsabilidad penal del expresidente Mauricio Macri, del exministro de Defensa Oscar Aguad y del exjefe de la Armada Marcelo Srur en el hundimiento del submarino ARA San Juan, ocurrido el 17 de noviembre de 2017, tal como habían reclamado los familiares de los 44 tripulantes, informaron fuentes judiciales.

Entre los procesamientos confirmados se encuentran los del excomandante de la fuerza de submarinos Claudio Villamilde; el excomandante de adiestramiento y alistamiento naval Luis Enrique López Mazzeo; el exjefe del Estado Mayor del Comando de la Fuerza de Submarinos Héctor Alonso; y el ex jefe de departamento de operaciones Hugo Miguel Correa.

Los ex altos mandos de la Armada se encuentran procesados por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de deberes del oficio y estrago culposo agravado por el resultado de muerte en concurso ideal, por el hundimiento del ARA San Juan, cuyo último contacto se produjo el 15 de noviembre de 2017.

Valeria Carreras

En diálogo con Conclusión la abogada Valeria Carreras, señaló que estamos «ante un fallo histórico» porque «después de dos años de investigación, y comparado con la explosión de Rio Tercero, la Bicameral del ARA San Juan -que no determinó responsabilidades políticas- dio lugar a la imputación del ex presidente a Macri, Marcelo Srur, Oscar Aguad», que fue rechazada por Marta Yañez de Caleta Olivia, y apelada luego».

«La jueza Yañez dedicó un capitulo a la imputación que formulé, y expone que la debe rechazar porque Oscar Aguad es un señor mayor», y concluyó  «por lo cual no debía ser incluido en la investigación», por lo tanto «decidimos apelar advirtiendo que si el tema quedaba así, nunca más nadie se los podría convocar». 

Según Carreras, «siempre se piensa que la responsabilidad es política, se encaró la responsabilidad penal y se hizo lugar, de allí que el magistrado ordene puntualmente citarlos». «El hecho es que los funcionarios no pueden estar fuera de esto, por el rol que cumplían», apuntó.  

Carreras recordó que ella tenía la intención de pedir la pericia, «sobre la edición de imágenes que me fue negada, sin embargo, en esta oportunidad el tribunal, presidido por Javier Leal de Ibarra e integrado por Aldo Suárez y Hebe Corchuelo de Huberman, dispuso además la realización de una “pericia técnico-informática sobre el material fílmico y mosaico de fotografías correspondientes al hallazgo del SUSJ (submarino San Juan) por parte de la empresa Ocean Infinity”.

La letrada, sostiene que por el «brillo del eje de la hélice propulsora no podía tener un año en el fondo del mar», es decir «que es muy posible que el submarino haya sido encontrado, filmado y el material haya sido guardado», al tiempo que manifestó que «cuando el buque Ocean Infinity, anunció que se retiraba antes de que terminara su contrato le podrían haber surgido que reconozca que habían encontrado el ARA San Juan». 

Leal Ibarra ordenó una “pericia integrada por un cuerpo de técnicos en la especialidad submarinista o ingenieros navales, los que serán designados de oficio por el Tribunal, por el Ministerio de Defensa, la Armada Argentina y por cada una de las partes (defensas y querellantes)”.

Es dable señalar que durante la audiencia celebrada ante la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia la querella mayoritaria de familiares de tripulantes de Ara San Juan, encabezada por la abogada Valeria Carreras, había reclamado que se investigara y se citara a indagatoria al expresidente Macri, al exministro a Aguad y al exjefe de la Armada.

Entre tantas pruebas, Carreras aportó las declaraciones del Capitán César Miranda, ex comandante y capitán de navío del buque chileno Cabo de Hornos y la referencia de la pagina oficial del Ministerio de Defensa de Chile, que ya consignaba lo sucedido». 

El fallo

En el fallo los camaristas sostuvieron que “Deberá indagarse y acreditarse en el expediente, el conocimiento por parte del Ministerio de Defensa y del titular del Poder Ejecutivo, sobre la realización del ejercicio naval, de la importante envergadura que significaba el que puso en marcha la Orden COAA 14/17; como asimismo las constancias que den cuenta de los recortes presupuestarios que afectaban a las fuerzas armadas y en particular a los buques que participaban del mismo”, indicaron los camaristas en el fallo.

“Del mismo modo, no se ha indagado sobre las autorizaciones ministeriales, asignaciones presupuestarias, si ha mediado una política de ajuste y qué incidencia pudieron tener en la calidad, frecuencia y eficiencia de las tareas de mantenimiento, empezando por la reparación de ´media vida´ como relevante para el estado de alistamiento que presentaba el SUSJ en octubre y noviembre de 2017”, señalaron.

“Estas razones impiden -al menos en este estado del proceso- descartar definitivamente, que el Ejecutivo Nacional por vía del Ministerio de Defensa y a través de sus Secretarías de Estado respectivas, no tuviera participación alguna en los hechos que se investigan”, concluyeron los jueces.

Marcelo Srur

“En la misma línea de pensamiento, la desvinculación efectuada respecto del Jefe del Estado Mayor General de la Armada, Vicealmirante Marcelo Srur, resulta en esta instancia igualmente prematura, pues además de encontrarse pendientes importantes medidas probatorias, necesarias para un completo esclarecimiento de un hecho de tal magnitud como el que nos convoca, donde han perdido la vida 44 compatriotas al servicio de la Defensa Nacional, las constancias agregadas en el expediente conducen hasta el momento, hacia una línea distinta con relación”, remarcaron.

El ARA San Juan fue hallado un año después de su hundimiento a pesar de que, según dijo López Mazzeo durante la audiencia de las apelaciones, el 5 de diciembre de 2017 ya había información sobre la supuesta ubicación del submarino; motivo por el cual Macri, Aguad y Srur también fueron denunciados ante la Justicia federal por supuesto encubrimiento.