SáBADO, 18 DE JUL.

Ley de Emergencia en Discapacidad: advierten que la reglamentación fue incompleta y “no dice nada de aumento de aranceles”

La presidenta de la Asociación Provincial de Instituciones para personas con Discapacidad dialogó con Conclusión y marcó que el texto "aborda todo parcialmente" y no responde al escenario crítico que atraviesa el sector.

 

La Asociación Provincial de Instituciones para personas con Discapacidad (Apridis) advirtió este jueves que la Ley de Emergencia que se publicó en el Boletín Oficial esta semana tiene una reglamentación incompleta, que no atiende puntos clave y que solo busca evitar la aplicación de multas a algunos funcionarios. El texto -según apuntan- no fija incrementos para los aranceles, un punto central dentro del paquete de reclamos del sector, por lo que termina siendo una medida dilatoria más.

La reglamentación no establece absolutamente nada respecto del aumento de aranceles, que es algo muy importante dentro de lo que estamos necesitando. Lo que antes era una emergencia -como lo planteaba la ley en febrero de 2025-, un año después se presenta como un desahusamiento del sistema. La respuesta tiene que ser urgente, no se puede seguir dilatando”, explicó la presidenta de Apridis, Mariel Chapero, en declaraciones a Conclusión.

“Para los prestadores solamente se plantea una recomposición, que tiene que ver con los meses anteriores y que van a ver cómo la realizan; tienen que establecer qué hay que presentar y, por supuesto, fijar cómo ellos la pueden pagar. Es algo a muy largo plazo”, lamentó.

La titular de la Asociación indicó que el texto fue publicado en el Boletín Oficial porque así lo dispuso la Justicia. En caso de no publicar la reglamentación, los funcionarios a cargo quedarían -dijo- expuestos a que se les apliquen multas por dicho incumplimiento.

En ese marco, Chapero indicó que el texto fue publicado en el Boletín Oficial respondiendo a una orden de la Justicia, que fijaría multas para funcionarios en caso de que no se cumpla lo dispuesto.

“Lo poco que surge de esta reglamentación, es por obligación. La misma publicación en el Boletín Oficial plantea que no están de acuerdo y que solamente lo hacen por orden judicial. La Justicia había establecido que, si a partir del 4 de febrero no había medidas concretas, iban a empezar a recaer multas sobre los funcionarios que específicamente son responsables de establecer los distintos modos de implementar la ley”, resaltó la referenta de Apridis.

Captura de pantalla: fragmento del Anexo I del Decreto 84/2026, donde se reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad.

Y retomó: “No ponemos expectativas en que después se cumpla con el pago. No están cumpliendo, por ejemplo, con los plazos de pago que establece la ley actualmente. No creemos que lo hagan si tienen que invertir más dinero aun del que están invirtiendo en discapacidad -o gastando, según la perspectiva de ellos-. Tampoco hay ninguna medida con relación a los talleres protegidos. Los trabajadores de ahí siguen trabajando cuatro horas diarias de lunes a viernes por 28.000 pesos mensuales. Hace varios años que no se actualiza este sueldo. Es absolutamente inhumano”.

El Gobierno reglamentó el pasado miércoles la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad luego de una sentencia adversa que la administración de Javier Milei recibió del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que ordenó la aplicación inmediata de la normativa.

El Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad
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El decreto reconoce formalmente a la Secretaría Nacional de Discapacidad dentro del organigrama del Ministerio de Salud. Cabe recordar que el Poder Ejecutivo disolvió la Andis en diciembre del año pasado y trasladó sus funciones a la cartera ministerial que conduce Mario Lugones.

La Casa Rosada recién oficializó a las autoridades de la Secretaría Nacional de Discapacidad el martes de esta semana y colocó a Alejandro Vilchez al frente del área. Esta demora -destacan desde Apridis- complejizó aun más un escenario que, tal se viene manifestando por distintas vías, es de emergencia y requiere medidas urgentes.

“La reglamentación fue a medias, pobre. Es un avance pero no responde cuestiones clave, aborda todo muy parcialmente. Además, demoraron un mes y seis días el nombramiento del funcionario a cargo del área. Eso es una decisión política, porque durante todo ese tiempo el organismo no tuvo firma para, por ejemplo, autorizar pagos”, subrayó Chapero en diálogo con Conclusión.

Captura de pantalla: fragmento del Anexo I del Decreto 84/2026, donde se reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad.

La presidenta de Apridis contó también que al cierre del año pasado la Agencia Nacional de Discapacidad devolvió fondos al Tesoro, lo que -dijo- deja aun más expuesto que no se pagó a los prestadores porque el Gobierno decidió no hacerlo.

En ese sentido, la titular de la Asociación pidió no dejarse llevar por el tono celebratorio que adoptaron muchas noticias al referirse a la reglamentación de la Ley de Emergencia que salió publicada en el Boletín Oficial, porque todavía queda mucho por definir.

“Por supuesto que es algo positivo, pero debe encuadrarse en la coyuntura, que ya no es de emergencia, sino absolutamente crítica. Hay espacios que cerraron y otros que están suspendiendo directamente el servicio porque no pueden cumplir con el pago a los profesionales. Si no se le puede pagar a los trabajadores, no se puede funcionar”, insistió.

Por esta razón es que este miércoles presentaron una solicitud para que se reúna cuanto antes el Directorio de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.

“En el día de ayer se presentó una solicitud para que se reúna el Directorio, que es el organismo que tiene que reunirse para que se pueda producir el aumento de aranceles que está incluido en la ley. La reunión tiene que ser urgente. Si nos quedamos con el titular de la noticia (de la reglamentación) parece que está todo encaminado, pero la verdad que no. No hay nada, es solo un cebo”, completó Chapero.

Captura de pantalla: fragmento del Anexo I del Decreto 84/2026, donde se reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad.

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