Los agentes de planta permanente y bajo régimen de estabilidad cuyos cargos resultaran eliminados por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de órganos que componen la Administración Pública nacional o de las funciones asignadas a ellos pasarán automáticamente a revestir en situación de disponibilidad, por un periodo máximo de hasta un año.

En ese marco, el Gobierno tendrá por finalidad capacitar y brindar asistencia técnica para programas de autoempleo y formas asociativas solidarias a los agentes civiles, militares y de seguridad, cuyos cargos quedaren suprimidos, en función de las medidas establecidas en los artículos precedentes.

El Fondo de Reconversión Laboral funcionará en el ámbito del Ministerio que disponga el Poder Ejecutivo nacional y tendrá carácter fiduciario. Se financiará mediante los recursos asignados en el Presupuesto.

En este contexto, los agentes que se encontraran en situación de disponibilidad serán remunerados por el Fondo de Reconversión Laboral «teniendo en cuenta la antigüedad y demás condiciones que fije el Poder Ejecutivo nacional en la reglamentación y tendrán obligación de recibir la capacitación que se les imparta y/o desarrollar tareas en servicios tercerizados del Estado».

Durante ese período de «situación de disponibilidad, los agentes públicos abarcados podrán aceptar cubrir una vacante en la Administración Pública nacional, en caso que la hubiera y cumplieren los requisitos para ello, y/o ser contratados por empleadores privados, con los beneficios que se establecen; o formalizar otro vínculo laboral.

«Cumplido el período indicado de doce (12) meses, los agentes que no hubieren formalizado una nueva relación de trabajo quedarán automáticamente desvinculados del sector público nacional», indica el proyecto.