Enviado especial a Buenos Aires – El senador santafesino Omar Perotti, se abstuvo este miércoles de votar el proyecto que obtuvo media sanción en Diputados sobre la interrupción voluntaria del embarazo. En diálogo con Conclusión expresó que la ley que se discutió no «era una opción como el no por el no en si mismo tampoco», y agregó «tengo un proyecto presentado para subir el piso de la discusión en el Senado».

El proyecto como vino de Diputados no es una opción, pero tampoco lo es votar por el no para que quede todo igual. Por eso, entiendo que el proyecto que presenté puede servir de puente para acercar posiciones extremas”, sostuvo.

Consultado acerca de la despenalización del aborto, el parlamentario dijo estar «convencido» que hay que avanzar en este tema “porque no se puede negar la realidad de los abortos clandestinos y reconocer que existe un problema de salud pública que atender”, y ratificó su decisión de insistir con su proyecto.

En relación a la iniciativa que presentó en el Senado el legislador señaló que «presenta legalmente el caso Fal, el de la Corte Suprema de Justicia, con las causales que establece, garantiza que ninguna mujer vaya presa y la existencia de programas de Educación y Salud reproductiva».

Consultado por este medio acerca del cumplimiento de los protocolos señaló que «receptar el caso F.A.L. es incorporarlo en una ley de fondo que la hace mucho mas fuerte para que las provincias tengan que implementarlo, ademas se crea una comisión bicameral de seguimiento que tiene un rol clave, porque sigue los programas de salud reproductiva. Como también las visitas a los Estados provinciales para la implementación de estos protocolos. Así le da a los protocolos un respaldo legal mas consistente».

Sobre las causales, Perotti ponderó que «el proyecto amplia las del Código Penal, el caso F.A.L clarificó que se debe hacer porque dejó en claro que no debe haber obstrucción de jueces ni de médicos en la atención».

El senador explicó que la iniciativa contempla que “el aborto practicado por un médico diplomado no es punible si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud física o mental de la mujer o persona gestante; si el embarazo proviene de un abuso sexual, con el solo requerimiento y la declaración jurada” o sí “se diagnosticara la inviabilidad de la vida extrauterina del feto”.

Por caso, si una mujer solicita abortar porque ese embarazo no deseado va a traerle perjuicios a su salud mental, sólo con su firma podría acceder a la interrupción del embarazo en un hospital.

Por último, Omar Perotti apunto que el proyecto busca subsanar “interpretaciones arbitrarias que vulneraron en más de una ocasión derechos amparados por la Constitución Nacional, reconocidos por las leyes y ratificados en su contenido y alcance por la Corte”.

*El caso F.A.L fue la primera vez que en Argentina un superior tribunal de justicia falló a favor de un aborto por violación en una adolescente.