Por Aldo Battisacco desde Buenos Aires (enviado especial)

Tras el pedido de este martes del fiscal federal Carlos Stornelli para lograr la detención de Julio De Vido en una causa por presunto desvío de fondos de la minera de Río Turbio, se dio el paso inicial para comenzar un proceso que complica a toda fuerza política que no tenga la mayoría en el Congreso.

Según el texto de la Constitución Nacional, en los artículos 68 y 69, los legisladores gozan de dos tipos de inmunidad: a) de opinión (les permite opinar y acusar libremente) y b) de arresto (la garantía para que no puedan ser detenidos, salvo que sean sorprendidos delinquiendo in fraganti).

Pablo Tonelli presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales

En el segundo caso, si el juez pide arrestar a un diputado o senador, debe activar un mecanismo parlamentario que requiere plazos y mayorías especiales.

Si el juez Rodríguez diera lugar al pedido de Stornelli, debe proceder a remitir el pedido de desafuero y enviarlo a la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, tal cual lo establece el artículo 2 de la Ley de Fueros 25.320, del año 2000.

La comisión de Asuntos Constitucionales, presidida por Pablo Tonelli (PRO), tendrá la responsabilidad de emitir dictamen en un plazo de 60 días. El trámite se resuelve con mayoría simple, es decir, la mitad más uno de las firmas. Cabe recordar que la Alianza Cambiemos tiene 14 diputados sobre 34, mientras que el FpV-PJ cuenta con 8 legisladores.

Cumplidos los pasos previos la Cámara de Diputados deberá tratar la causa “dentro de los 180 días de ingresada, aun cuando no exista dictamen de comisión”. Y una vez en el recinto, el dictamen para desaforar a un diputado debe ser aprobado con dos tercios de los votos.

 

Se necesitan 172 votos afirmativos para desaforar un legislador. El oficialismo cuenta con 86 de los 257 miembros, por lo tanto deberá buscar alianzas en caso que busque el apartamiento de De Vido, mientras que el FPV-PJ está formado por 70 diputados.

En caso de que sea rechazado el pedido de desafuero, «el tribunal declarará por auto que no puede proceder a la detención o mantenerla, continuando la causa según su estado».