LUNES, 20 DE JUL.

Un juez habilitó la implementación de la Emergencia en Discapacidad: Apridis adhirió a la demanda colectiva

La norma fue sancionada por el Congreso y publicada en el Boletín Oficial, pero el Poder Ejecutivo se negó a implementarla.

 

La Asociación Provincial de Instituciones para Personas con Discapacidad (Apridis) comunicó su adhesión a la demanda colectiva que busca que se implemente la Ley de Emergencia para el sector luego de que el gobierno de Javier Milei decidiera promulgarla pero no ejecutarla.

La decisión surge luego de que el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, habilite el fallo colectivo que apunta a la implementación de la Ley de Emergencia en Discapacidad.

Dicho magistrado falló de esa manera ante la presentación judicial de un padre con dos hijos con discapacidad, perjudicados por la falta de implementación de la normativa sancionada por el Congreso.

El Gobierno respondió a esto pidiendo la recusación del juez federal Adrián González Charvay, algo que finalmente resultó rechazado el pasado viernes, según comentaron desde Apridis en diálogo con Conclusión.

«Nosotros lo que hicimos fue adherir a una presentación judicial que realizó una familia en un juzgado federal de Campana por el cumplimiento de la Ley de Emergencia en Discapacidad. Como sabemos, el Ejecutivo publicó la ley (en el Boletín Oficial) pero no la implementa. En ese sentido es que esta familia presenta la acción judicial para que se pueda dar cumplimiento en beneficio del derecho de sus hijos», indicó la presidenta de Apridis, Mariel Chapero, en contacto con este medio.

«En simultáneo y en otros juzgados federales del país -continuó- se han presentado judicialmente organizaciones, instituciones, colectivos de trabajadores de transportistas y familias que han sido derivados a Campana con todas estas presentaciones. En este momento, la causa es colectiva y desde la Asociación de Instituciones para Personas con Discapacidad resolvemos adherir a ella».

El amparo colectivo fue presentado por padres en representación de sus hijos con discapacidad y cuestiona el Decreto 681/25, que pospuso la aplicación de la Ley 27.793 hasta que el Congreso especifique fuentes de financiamiento para las partidas presupuestarias necesarias.

Los actores sostienen que la medida produjo una afectación inmediata porque los reintegros de las obras sociales se rigen por los valores del Nomenclador Nacional, que -según plantean- quedaron congelados, poniendo en riesgo todo el sistema de prestaciones. En ese contexto, la cautelar de González Charvay había ordenado garantizar el acceso a dichas prestaciones.

La manifestación del magistrado derivó en el pedido de recusación del Gobierno, que -tal recuerda el portal especializado Quórum- cuestionó que el juez haya considerado que existe un daño actual derivado del decreto, que haya ampliado el colectivo del amparo para incluir a prestadores, y que haya utilizado expresiones sobre salud, igualdad o grupos vulnerablemente protegidos, que -según el planteo oficial- serían propias de una sentencia definitiva. Además, le reprochó haber avanzado mientras estaba pendiente una inhibitoria ante la Justicia Contencioso Administrativa Federal.

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