La Unidad Fiscal que interviene en los juicios por violaciones a los Derechos Humanos durante la época del terrorismo de Estado en La Plata, inició este lunes por la mañana ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de esa ciudad, el alegato en el juicio seguido al exdirector general de Investigaciones de la Policía bonaerense, Miguel Osvaldo Etchecolatz, y al exjefe de calle de la Unidad Regional La Plata, Julio César Garachico, en el juicio por los crímenes perpetrados en 1976 contra un grupo de seis militantes de la unidad básica «Juan Pablo Maestre» del barrio de Los Hornos, entre ellos Jorge Julio López, y el estudiante secundario Francisco López Muntaner.

Señalaron que, la exposición del Ministerio Público Fiscal, a cargo del fiscal general Gonzalo Miranda y el auxiliar fiscal Juan Martín Nogueira, se extendió poco más de dos horas y continuará el 11 de abril a las 9.30. Durante el debate, por la fiscalía también intervino la auxiliar fiscal Ana Oberlin. Indicaron desde el organismo judicial.

Además de los casos de Julio López -quien permanece desaparecido desde septiembre 2006, tras prestar declaración en el primer juicio oral abierto luego de la reapertura de las causas por crímenes del terrorismo de Estado, seguido a Etchecolatz- y de López Muntaner, en el juicio se abordan los hechos que tuvieron como víctimas a Patricia Dell’Orto, Ambrosio de Marco, Norberto Rodas, Alejandro Sánchez y Guillermo Cano quienes de acuerdo con las pruebas estuvieron secuestrados en centros clandestinos de detención que funcionaron en Arana, una zona semiurbana localizada al sudoeste del partido de La Plata. Remarcó fiscalía.

«La idea desaparecedora tuvo como eje principal la existencia de centros clandestinos de detención, tortura y exterminio como modalidad de represión ejercida y ejecutada por el poder militar y las fuerzas de seguridad y poderes afines», señaló el fiscal Miranda.

La fiscalía inició su alegato respondiendo una alegación de Etchecolatz en el comienzo del debate en agosto pasado. El acusado había sostenido -tal como lo ha hecho en otros juicios- que los jueces que lo juzgan no son los «jueces naturales» que corresponderían al proceso y, por ello, acusó al tribunal -integrado por Andrés Basso, Alejandro Esmoris y José Michilini- de «violar sádicamente» la Constitución Nacional. Respondiendo de esta manera a Etchecolatz.

El fiscal Miranda explicó que, por su naturaleza estos hechos constituyen crímenes contra el derecho de gentes previstos en los artículos 118 y 75 inciso 22 de la Constitución Nacional y deben ser juzgados por los jueces designados conforme a lo estipulado en la Constitución y en los pactos sobre derechos humanos que integran el bloque constitucional.

Remarcó que el artículo 18 de la Constitución estipula desde 1853 que ningún habitante puede ser juzgado ni penado por comisiones especiales o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Expuso además la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en ese sentido, que se contrapone a la intervención de comisiones especiales, como lo fue el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, con «jueces militares», que intervino en los albores del proceso de verdad y justicia, entre 1983 y 1984.

Luego, el fiscal general pasó a describir el contexto de los hechos. En base a los hechos traídos a juicio, sostuvo que la desaparición forzada fue el «dispositivo represivo central del terrorismo de Estado en nuestro país». Explicó que «no se trata solamente de un fenómeno individual que experimentó tal o cual persona, sino que involucra un complejo sistema omnicomprensivo de todo un conjunto de vínculos y relaciones que quedaron truncadas en el curso de la historia, gestando ello un daño colectivo que se retroalimenta día a día ante la falta de certidumbre y respuesta sobre el destino y las circunstancias en las que estuvieron las víctimas».

Miranda indicó que «para el momento en que transcurren estos hechos ya estaba en marcha un plan criminal de desaparición de personas que utilizó un método genocida que se cobró la vida de miles de personas, en una práctica que supuso el secuestro, el asesinato a mansalva, el alojamiento y tortura en centros clandestinos diseminados en todo el país, el abuso sexual, la falsificación del destino de las y los desaparecidos, ya sea inventando supuestos operativos y/o enfrentamientos donde estos aparecían muertos, desapareciendo sus cuerpos mediante la inhumación sin identificación, cremación o arrojando sus cuerpos al mar. El plan también se extendió a los hijos e hijas de estas personas, ya sea para ocultarlos y apropiárselos, como asimismo sumirlos al sistema de los centros clandestinos, tal como ocurrió en muchos casos».

Añadió que «la idea desaparecedora tuvo como eje principal la existencia de centros clandestinos de detención, tortura y exterminio como modalidad de represión ejercida y ejecutada por el poder militar y las fuerzas de seguridad y poderes afines». Explicó que en todo el país funcionaron más de 750, que en la provincia de Buenos Aires fueron 230 y que en este juicio se abordan los cuatro lugares que funcionaron en la zona de Arana: La Estancia La Armonía -donde hoy está emplazado el Regimiento 7 de Infantería del Ejército-, el Destacamento policial, un lugar cercano a esa sede denominado «Cuatrerismo» y el Pozo de Arana (un espacio situado dentro de los terrenos de un vivero, también en cercanías del resto).

Aludieron que, la reconstrucción de los hechos de este juicio y la individualización de los lugares se basó principalmente en las cuatro declaraciones testimoniales brindadas por López en el fuero federal de La Plata entre 1999 y 2006, y en la sentencias dictadas en el juicio a Etchecolatz de 2006 y por el denominado Circuito Camps, en 2012.

López y Cano fueron las únicas de las siete víctimas que sobrevivieron al circuito de centros clandestinos de detención de Arana, pero ninguno pudo declarar en este juicio. López fue desaparecido en 2006 y Cano falleció en 2020.

Para completar el cuadro del funcionamiento de los lugares de Arana en el contexto del plan represivo, el fiscal general puntualizó que, durante diciembre pasado, durante la inspección judicial realizada en la zona, el antropólogo del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), Juan Nóbile, expuso sobre los trabajos de prospección que determinaron la exitencia de restos de proyectiles en el paredón del fondo del Destacamento y el hallazgo de restos de 15 víctimas cuyos cuerpos fueron calcinados en fosas situadas en esa misma zona.

Los casos

Luego tomó la palabra el auxiliar fiscal Juan Martín Nogueira: «La comprensión de los hechos también tiene como objetivo de conocer a cada una de esas personas en sus aspectos principales que la ubican como integrante de una familia, de un barrio, con aspiraciones y objetivos, con sueños e ideales, en un proyecto de vida truncado por la desaparición o por la violencia intrusiva del terrorismo de Estado, siendo ello una manera de encontrarlos y encontrarlas en esa historia colectiva. Una búsqueda que intenta devolverlos a ese lugar que se intentó borrar, con la idea de concretar una reparación para la víctima y también para sus familiares», indicó. Esa fue la introducción para el abordaje de la historia personal y los crímenes padecidos por las siete víctimas, como las pruebas que los acreditan:

• López, albañil, y Rodas, pintor, tenían 46 años de edad y fueron secuestrados de sus respectivos domicilios el 27 y el 30 de octubre de 1976, respectivamente. Patricia Dell’Orto y Ambrosio de Marco, de 21 y 22 años de edad, estudiantes y trabajadores, fueron secuestrados algunos días después, el 5 de noviembre (dos años antes, el 2 de agosto de 1974 el propio Garachico los había detenido en el marco de otro operativo represivo) y permanecen desaparecidos. Alejandro Sánchez, de 31 años y trabajador de la firma Peugeot, fue secuestrado el 8 de noviembre de 1976 de la casa de un familiar, luego de una intensa búsqueda en los días previos en los que los represores saquearon e incendiaron su domicilio, situado frente a la unidad básica, que también prendieron fuego. Sus restos fueron identificados en agosto de 2011; habían sido hallados en una tumba NN del cementerio Vicente López.

• Cano tenía 19 años al momento de los hechos y estudiaba en la Escuela de Suboficiales de la Policía bonaerense, lugar donde se produjo su secuestro el mismo día que el de López, el 27 de octubre (también había sido detenido en 1974 junto a Dell’Orto y De Marco en el operativo dirigido por Garachico).

• López Muntaner fue secuestrado el 16 de septiembre de 1976, en el marco de los operativos represivos dirigidos contra estudiantes secundarios en la capital provincial históricamente conocidos como «La noche los lápices». Tenía 16 años y militaba en la Unión de Estudiantes Secundarios (UES), dentro del Bachillerato de Bellas Artes de la Universidad Nacional de La Plata, donde estudiaba. Su caso es el único en este juicio que no se encuentra vinculado a la persecución de militantes de la unidad básica de Los Hornos, pero integra el proceso dado que López lo identificó entre las víctimas con las que permaneció secuestrado en Arana. «El chico de los boletos», lo describió el testigo dos veces desaparecido, para recordar la lucha por el boleto estudiantil que lideraba la UES que integraba López Muntaner.

López y Cano fueron las únicas de las siete víctimas que sobrevivieron al circuito de centros clandestinos de detención de Arana, pero ninguno pudo declarar en este juicio. López fue desaparecido en 2006 y Cano falleció en 2020.

El representante del MPF repasó que, en sus testimonios, López describió los homicidios de Rodas, Dell’Orto y De Marco, los cuales -dijo- presenció a través de la mirilla de su celda. También señaló a Garachico como jefe del «grupo de los picaneadores» y marcó la presencia de Etchecolatz en los centros clandestinos de Arana, donde iba -según el testigo- todos los días después de las 16.