La Justicia porteña ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que suspenda los descuentos del total de un adicional salarial a los docentes que pararon. El juez Víctor Trionfetti, titular del juzgado 15 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la Unión de Trabajadores de la Educación(UTE), en la cual se cuestionan los descuentos efectuados sobre los salarios de docentes que ejercieron el derecho a huelga.

En la sentencia, el magistrado ordenó al GCBA «que suspenda parcialmente» la aplicación de los descuentos en lo que respecta al ejercicio de la huelga: el artículo del decreto cuestionado establece que «se perderá el derecho a la percepción del plus» en concepto de estímulo a la continuidad en el esfuerzo, «en caso de que el agente incurra en inasistencias justificadas o injustificadas, faltas de puntualidad o haga uso de licencia, franquicias o excepciones a la obligatoriedad de la asistencia».

En los fundamentos de la resolución, Trionfetti señaló «que la actora alegó que la demandada, con fundamento en el decreto aquí impugnado, ‘descuenta el adicional salarial completo ante un solo día de inasistencia en caso de paro’», y esto, «sin perjuicio del descuento del día, que calcula sobre el resto de los rubros salariales».

«De los considerandos del decreto que se impugna no se advertiría la razón por la cual el descuento de la ‘asignación adicional salarial en concepto de estímulo a la continuidad en el esfuerzo a la prestación del servicio educativo’ no sigue la suerte del salario, proporcional a los días no trabajados —en lugar de descontar su totalidad—, incluso cuando la misma integraría la remuneración normal, mensual y habitual», expresó el juez.

Y agregó: «La falta de proporcionalidad, permite inferir –en el marco de cognición limitadísima de las medidas cautelares- que el detrimento habría sido en principio ejercido fuera de los límites y condiciones razonables».

Por otra parte, el juez advirtió que «el descuento total de la asignación parecería operar como una sanción disciplinante para el ejercicio del derecho colectivo de huelga, lo que resultaría contrario» a la Constitución Nacional.