La plata de los trabajadores: el “manotazo” de Caputo para financiar al Estado con los fondos indemnizatorios
El Ministerio de Economía estableció los límites de las inversiones que se pueden realizar con el fondo que reemplazará a las indeminizaciones. Una caja de 4 mil millones de dólares de la que el Gobierno puede disponer para financiarse, sin límites, mientras sí lo tienen bancos y provincias.
- Economía
- Ago 12, 2026
La reglamentación para las inversiones que podrán llevarse adelante con los recursos del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) -que reemplaza a las indemnizaciones tradicionales- despertó diferentes interpretaciones, principalmente acerca del financiamiento que puede otorgarle al Estado Nacional, al que el ministro Luis Caputo no le puso límites, mientras que sí lo tienen las provincias, los municipios y las entidades bancarias. Para un especialistas, se trata de “un gran manotazo del Mago Caputo” para resolver la crisis de deuda a la que él mismo contribuyó durante el gobierno de Mauricio Macri, y que profundizó en los últimos dos años y medio con Javier Milei como presidente.
En diferentes oportunidades, el ministro Caputo advirtió que la Argentina debe ampliar su mercado de capitales y reducir la dependencia del financiamiento externo. Suena paradójico, porque participó del préstamos histórico del FMI al Gobierno de Macri en 2018, por el cual el país quedó endeudado en 45 mil millones de dólares, crédito que amplió como ministro de Milei.
Los fondos del FAL generarán desde 2027 una masa de dinero que puede ser capturada por el Estado, en un año electoral que no luce sencillo en materia de financiamiento para el Gobierno.
“La reglamentación de las pautas de inversión del FAL era una medida esperada. Fija reglas claras sobre dónde y cómo pueden colocarse los aportes de los empleadores, en lugar de dejar la cuestión librada a la discrecionalidad de cada entidad habilitada”, señaló Sebastián Domínguez, Agente Productor CNV.
El especialista destacó: “Los límites de diversificación, el piso de liquidez mínima y la prohibición de invertir en instrumentos vinculados a la propia entidad administradora conforman un esquema orientado a preservar el capital aportado y a garantizar que los fondos estén disponibles cuando corresponda pagar las prestaciones de la Ley 27.802”.
No obstante, ante una consulta de Noticias Argentinas, señaló que si bien no hay límite para el financiamiento del Estado Nacional, la norma sí fija límites en el caso de provincias y municipios.
Para mitigar los riesgos de concentración, la cartera total de cada fondo del FAL deberá respetar topes porcentuales calculados sobre su patrimonio total:
Depósitos bancarios: hasta un 15% en una misma entidad financiera y sus empresas vinculadas.
Deuda provincial y de CABA: hasta un 15% en forma agregada, con un tope del 5% por jurisdicción.
Obligaciones negociables privadas: hasta un 20% de forma agregada, y no más del 10% por emisor y su grupo vinculado.
Instrumentos vinculados al tipo de cambio (dólar link): hasta un 10% en forma agregada, incluyendo la porción correspondiente a los Bonos Duales.
Sin embargo, el Estado nacional no tiene límites a la hora de financiarse con el dinero destinado a pagar las indemnizaciones de trabajadores despedidos, que comenzará a regir a partir de noviembre de este año. En ese punto puso el foco Alejandro Rodríguez, director del Instituto Consenso Federal, quien se quejó que no haya un tope al financiamiento del Estado nacional.
“El artículo 5° de la citada norma pone topes concretos a casi todas las alternativas de inversión, pero no fija un porcentaje máximo para los títulos de deuda del Estado Nacional. Además, para comprar deuda de una provincia, el título debe tener AAA nacional de al menos dos calificadoras. Para comprar una obligación negociable privada, también. En cambio, para comprar deuda del Estado nacional no se exige esa calificación”, remarcó.
Rodríguez subrayó: “De esta manera, el esquema regulatorio diseñado por el gobierno libertario termina otorgando un tratamiento particularmente favorable a los títulos nacionales: son activos elegibles, no tienen el límite porcentual específico que sí tienen provincias, bancos y empresas, y tampoco están sujetos al requisito de calificación de doble AAA”.
“Con esta ingeniería, el Mago Caputo acaba de sentar las bases para un nuevo y gran manotazo: el FAL, que comenzará a regir desde noviembre de este año, generará en 2027 un nuevo stock de ahorro forzoso vinculado al empleo privado, por aproximadamente 4.000 millones de dólares”, sentenció.

