MIéRCOLES, 03 DE JUN.

Presionado por el Congreso, el Gobierno dio marcha atrás con la eliminación de entes públicos y regulaciones a la marina mercante 

Mediante dos decretos publicados este miércoles en el Boletín Oficial, el Gobierno desistió de declarar a la marina mercante como un servicio esencial y dio marcha atrás con la fusión, eliminación y modificación de organismos como el Banco Nacional de Datos Genéticos o el Inta. 

 

El gobierno de Javier Milei dejó sin efecto una serie de decretos y normas que disponían la fusión, eliminación y modificaciones en varios organismos públicos, como Vialidad Nacional, el Banco Nacional de Datos Genéticos, la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ansv), entre otros. La medida se concretó luego de que el Congreso rechazara el recorte en estos establecimientos estatales.

Mediante los Decretos 627/2025 y 628/2025 –publicados este miércoles en el Boletín Oficial– el Ejecutivo dejó sin efecto las fusiones y cierres y restituyó la “plena vigencia” de las disposiciones normativas que fueron derogadas, sustituidas o modificadas por los decretos 345/25, 351/25, 461/25 y 462/25.

Así las cosas, quedaron sin efecto la fusión entre el Instituto Nacional Yrigoyenano y el Instituto Nacional de Investigaciones Históricas Juan Manuel de Rosas (Decreto 345/25). De igual manera quedó cancelada la incorporación del Banco Nacional de Datos Genéticos como organismo desconcentrado de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología (Decreto 351/25).

También se dejó sin efecto la disolución de la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ansv) y la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) (Decreto 461/25); y se dio marcha atrás con la eliminación de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (Decreto 462/25).

Por otra parte, se restituyeron los objetivos originales del Teatro Nacional Cervantes (Decreto 531/2025), de la estructura organizativa del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (Decreto 571/25) y de las facultades de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología (Decreto 583/25).

Además, se incluyó el restablecimiento de las misiones del Director Ejecutivo de la Agencia de Control de Concesiones y Servicios Públicos de Transporte (Decreto 584/25) y las obligaciones de la Secretaría de Hacienda (Decreto 585/25).

La Jefatura de Gabinete de Ministros, la Secretaría General de la Presidencia de la Nación y el Ministerio de Economía serán los encargados de cubrir los servicios administrativos, financieros y jurídicos de forma transitoria, hasta que todos los organismos retornen a sus funciones.

La Marina Mercante no será un servicio esencial

La gestión de Milei también ordenó, mediante el Decreto 628/2025, la eliminación de los cambios aplicados en el Decreto 340/2025, que aprobaba un nuevo “Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional”.

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La normativa ahora derogada había declarado a la navegación por agua marítima y/o fluvial como un servicio esencial tanto como para el transporte de pasajeros como para mercaderías y obligaba a garantizar un 75% de su prestación en caso de medias de fuerza. No obstante, atacó directamente el derecho a huelga de los trabajadores y puso en jaque la soberanía logística del país.

“Restitúyese la plena vigencia de las disposiciones normativas que fueron derogadas, sustituidas o modificadas por el Decreto N° 340 del 20 de mayo de 2025 y que se encontraban vigentes al momento del dictado de dicho decreto”, establecieron en el primer artículo del decreto publicado este miércoles.

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