La Legislatura porteña aprobó este jueves la Ley que regula las aplicaciones de delivery. La nueva norma busca ordenar una modalidad de trabajo que adquirió centralidad con la cuarentena por la pandemia y que alcanza a los servicios popularizados por plataformas digitales como Rappi, Glovo y PedidosYa.

«Los repartidores y mensajeros asumieron un rol esencial durante el aislamiento, permitiendo a muchas personas, incluso a aquellas que forman parte de los grupos de riesgo, acceder a los productos que necesitan sin salir de su casa», dijo durante la sesión la diputada de Vamos Juntos (VJ) Cristina García de Aurteneche, autora del proyecto de Ley.

La norma implica modificaciones al código de tránsito y transporte porteño, está enfocada principalmente en la seguridad vial y elimina los sistemas de incentivos de las empresas, por considerar que «incitan a los repartidores a incumplir con las normas de tránsito». Según informó García de Aurteneche, el objetivo de la iniciativa es «mejorar la seguridad vial de los repartidores y sus medidas de protección«, además de establecer «reglas claras de circulación«. La ley fue aprobada con 39 votos a favor, 4 en contra y 17 abstenciones, correspondiendo estas últimas al bloque del FdT.

La norma fue discutida en medio de una protesta de repartidores en las afueras de la legislatura de Buenos Aires, que exhibieron pancartas y realizaron cánticos expresando su rechazo a la normativa.

 

 

En la normativa aprobada este jueves para la Ciudad de Buenos Aires crea la figura del repartidor habilitado. O sea, los repartidores pasarían a ser sujetos que requieren de habilitación del gobierno para poder trabajar. Y para eso dispone más de 15 sanciones en los códigos de transporte, de faltas y contravencional especialmente pensadas para perseguir a los repartidores que no cuenten con la habilitación; requisitos habilitatorios especialmente dirigidos contra los repartidores (presentación de documentación, seguros, identificación, constitución de domicilio, acreditación de documentación de los vehículos).

Los trabajadores de aplicaciones denuncian que con la nueva ley “se desprotege (y criminaliza) a los repartidores”. Estas nuevas nuevas sanciones están dirigidas únicamente a los que trabajan para las aplicaciones, no así a los repartidores de otras empresas o que trabajan para comercios. Por esta también denuncian que la ley es “disciminatoria”.

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Además, la Asociación de Personal de Plataforma afirma que la ley no garantiza ningún derecho para los repartidores, solamente obliga a las empresas a entregar implementos de seguridad y barbijos.

Uno de los puntos fundamentales es que la ley habilita a las empresas de plataforma como “operadoras de oferta y demanda” de delivery, por lo que no serían prestadoras del servicio. Entonces las empresas de plataforma no tendrían responsabilidades más allá de la “intermediación”. Esto “oculta que las empresas de plataforma son empresas que prestan un servicio”, dicen desde la Asociación.

Juan Ottaviano, abogado asesor de trabajadores de la Asociación de Personal de Plataformas, detalló en diálogo con Conclusión que en la nueva norma “las aplicaciones son tomadas como intermediarias de oferta y demanda, ocultando que son empresas que prestan el servicio de venta y distribución. Por el contrario, quienes son considerados los ejecutantes del servicio son los repartidores, que ahora van a tener que pedir un permiso de trabajo ante el Gobierno de la Ciudad para estar habilitados. Y se impusieron sanciones a los repartidores que no cuentan con la habilitación”.

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“Es una ley que está dirigida a habilitar a las plataformas como lo que no son, y por otro a perseguir y criminalizar a los repartidores, que están contratados como monotributistas, no se les reconoce sus derechos laborales. Es algo contrario a lo que está debatiendo el mundo sobre el trabajo en plataformas”, agregó el letrado.

Renglón seguido, aclaró: “Tal y como quedó el texto los trabajadores son los que tendrán que solicitar la habilitación. Esta medida tiene por detrás la concepción empresaria, que es que los repartidores no son trabajadores sino que son emprendedores, que tienen que presentar un permiso. Solamente los trabajadores de aplicaciones van a tener que tramitar ese permiso, no así quienes trabajan para otras empresas o comercios. Es decir las obligaciones que tendrían que cumplir las empresas de plataformas el Gobierno se las impone a los repartidores”.

El abogado laboralista apuntó que en la nueva ley “se desconoce el incumplimiento de la normativa laboral por parte de las empresas y en la ley no hay ninguna referencia a la normativa laboral ni a los derechos laborales. Por el contrario, hay una omisión expresa en el incumplimiento. No están contemplados derechos laborales, seguridad social, aportes jubilatorios ni seguro de riesgo de trabajo, por ejemplo”.

“Creo que se perdió la oportunidad de debatir seriamente cómo regular la economía de plataformas. Hay empresas que contratan trabajadores de manera precaria y están los pequeños comerciantes que dependen de estas plataformas para colocar sus productos. Esta complejidad del modelo no fue tenida en cuenta”, consideró Ottaviano.

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Por último, señaló que “el proyecto fue el resultado de una mesa de trabajo entre la Cámara de Mensajería, el Sindicato de Mensajeros de Buenos Aires y las empresas de plataformas. Ni los repartidores ni los pequeños comerciantes fueron convocados al diálogo, por eso entiendo que el resultado es tan malo”.

Comunicado de la Asociación de personal de plataformas

La Ciudad aprueba la ley de desregulación de las aplicaciones de delivery

Una ley para perseguir a los repartidores y esconder a las empresas de plataforma detrás de las mensajerías

La Legislatura porteña aprueba la ley que desregula a las aplicaciones de delivery. El proyecto aprobado habilita a las empresas de plataformas como “intermediarias de oferta y demanda” y las exime del cumplimiento de toda normativa laboral y tributaria.

Además, se crea un permiso de trabajo para los repartidores e impone duras sanciones a los trabajadores y trabajadoras que no cuenten con habilitación.

Sin embargo, fueron contemplados algunos reclamos de los repartidores. Se quitaron del proyecto original algunos requisitos para los repartidores como la acreditación de la nacionalidad o residencia definitva, y la constitución de domicilio en la ciudad de Buenos Aires.

Además, se incluyó la obligación de entregar a los repartidores elementos de seguridad e higiene como cascos, barbijos y alcohol en gel. También se amplió la cobertura de los seguros por accidentes pero limitando su cumplimiento a las prestadoras del servicio, incluyendo solamente a los “dependientes”. Esta redacción es poco clara y se presta a confusión.

Estas modificaciones positivas al proyecto original presentado por el bloque de Juntos por el Cambio son el producto de los reclamos de los trabajadores y trabajadoras, y del diálogo mancomunado con los bloques opositores que nos escucharon.

La Asociación de Personal de Plataformas repudia todo hecho de violencia. Los aprietes y agresiones sólo sirven para desmovilizar a los trabajadores y trabajadoras que reclaman por sus derechos. No participamos ni participaremos de hechos que busquen atacar o disuadir a los trabajadores de expresarse libremente.

“La ley probada por la Legislatura está concebida para perseguir y precarizar a los trabajadores, y desregular a las empresas. El proyecto fue mejorado y se quitaron algunos requisitos discriminatorios” señaló Roger Rojas, Secretario General de la Asociación de Personal de Plataformas.

“Nos quieren exigir que pidamos un permiso de trabajo para poder hacer nuestra tarea. Vamos a recurrir a la justicia para que se declare la inconstitucionalidad de este requisito absurdo y discriminatorio” agregó.

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