Aldo Battisacco – Conclusión Buenos Aires

El especialista en temas de deuda externa, y redactor del fundamento en el comunicado de Soberanxs del por que reclamar a la Corte Interncional de Justicia, Alejandro Olmos Gaona, dijo estar preocupado por la historia de la deuda externa y su juridicidad; descartó que sea un tema exclusivo de los economistas, porque ellos creen que si la deuda se puede pagar o se la refinancia y advirtió que si los contratos de deuda y la emisión de bonos violan «el orden constitucional y el Estado de derecho, no le importa a nadie». En buen romance planteó que subyace la renuncia del Estado nacional a ajustarse a la propia legalidad en la que se inscriben sus acciones.

Olmos entiende en una publicación de su autoría “Deuda o soberanía, verdades ocultas sobre la dependencia” que existen dos vertientes para tratar los asuntos vinculados a los empréstitos, uno que a rajatablas sostiene que hay que honrarla y desconocer los ilícitos en aras de una prosperidad poco demostrada, y el otro grupo que fundamenta que el endeudamiento cercena la posibilidad de que Argentina se pueda desarrollar con esta espada de Damocles pendiendo sobre sí.

En diálogo con Conclusión, sostuvo que vivimos «en un país donde permanentemente se reclama seguridad jurídica cuando se trata de la deuda parece que esa juridicial no existe», y agregó «porque nadie habla de esos aspectos legales. Además, cuando el gobierno negocia con el FMI, y vaya a saber en qué condiciones, porque las negociaciones son secretas».

«Hemos planteado- ya que el presidente de la Nación- dice que el préstamo tuvo irregularidades e ilegitimidad y también lo hizo el Ministro de Economía y otros funcionarios, qué posibilidades tenia Argentina desde el derecho, porque el FMI está blindado a cualquier acción judicial en cualquier parte del mundo. El FMI puede dañar cualquier país con sus políticas pero no puede ser enjuiciado».

Olmo Gaona, recordó que «se fugaron durante la gestión de Macri $86.000 millones de dólares y cuando se dio el préstamo del FMI la fuga era continua, es decir, que hay elementos más que suficientes para demostrar que la plata del fondo entraba por un lado y se iba por el otro. Esto significa la violación de los artículos 5 y 6 de su Carta Constitutiva, porque estos artículos establecen que cuando el FMI tiene conocimiento que los dineros no se los utiliza para lo que fueron pedidos y no se puede documentar que fueron destinados para afrontar una salida capitales, es obligación del FMI comunicar al gobierno para que controle la situación y termine con la fuga y en caso de que el gobierno no lo haga, inhabilitarlo para recibir esos fondos y eventualmente suspenderlos”.

El FMI no pidió garantías y además sabia que Argentina no podía pagar porque el informe del articulo 4 de 2016 y 2017 se hubiera advertido de los problema que sobrevendrían

“El fondo no hizo nada, es decir, no cumplió con su Convenio Constitutivo haciendo lo que debía hacer,  uno puede pensar que por acción o por omisión lo hizo, pero precisamente la comisión de leyes internacionales de la ONU estableció que estas acciones constituyen actos ilícitos, y en consecuencia deberá hacerse cargo, responsabilizarse y eventualmente reparar las pérdidas”, precisó el especialista sobre qué hubiera correspondido hacer.

Los aspectos jurídicos tienen vicios legales que revelan la sumisión del interés nacional al de los acreedores

Se puede afirmar sin temor a dudas que el abordaje que Olmos Gaona realizó, alcanzó las responsabilidades del Parlamento, del Sistema Judicial, el rol del Ejecutivo nacional, el Banco Central de la República Argentina y la procuración del Tesoro de la Nación. Sin omitir el rol de los grupos empresarios más grandes de la Argentina.

La génesis del «sistema de la deuda» se lo puede encontrar en la dictadura militar de 1976 que se proyecta hasta el presente. Tiempo durante el cual se fue tejiendo un andamiaje de legalidad aparente fundado en la contratación de consultoras privadas que explicaron al Estado que cantidad de dinero debia, se dio lugar para que entidades bancarias extranjeras confeccionaran planes financieros del Estado, hasta incluso se bloquearon investigaciones administrativas o se escogió contratar abogados cuya lealtad para con los intereses nacionales fue, como mínimo, dudosa.

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